Realizar la declaración de la renta como músico puede ser una tarea compleja si no se conocen bien las obligaciones fiscales, los gastos deducibles y las peculiaridades de la profesión. Para ello, en el caso que no se quiera contratar a un profesional como https://gestoriabarcelona.org/, os proponemos una guía para explicarlo. En esta guía detallada te explicamos todo lo que necesitas saber para presentar tu IRPF correctamente en 2025 y evitar errores que puedan suponer sanciones o pérdidas económicas.
¿Estás obligado a declarar?
La primera pregunta que debes hacerte como músico es si estás obligado o no a presentar la declaración de la renta. La respuesta depende de varios factores:
- Si trabajas por cuenta ajena (por ejemplo, en una orquesta o contratado por una empresa), estarás obligado a declarar si has ganado más de 22.000 € anuales de un solo pagador, o más de 15.000 € si has tenido varios pagadores y el segundo te ha pagado más de 1.500 €.
- Si eres autónomo o freelance, como ocurre con la mayoría de músicos independientes, estás obligado a declarar siempre, aunque tus ingresos sean bajos.
Actividad económica: epígrafes del IAE para músicos
Si eres un músico autónomo, debes estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). El epígrafe habitual para esta profesión es el 011.2: Músicos, solistas y directores de orquesta. Este alta es necesaria para poder emitir facturas legalmente y deducir gastos en la renta.
Además, deberás haberte dado de alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y en la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia.
¿Cómo tributan los ingresos de un músico?
Tus ingresos pueden proceder de diferentes fuentes:
- Conciertos y actuaciones en directo
- Clases de música o talleres
- Regalías por derechos de autor (a través de SGAE u otras entidades)
- Streaming, ventas digitales o físicas de discos
- Colaboraciones en grabaciones o medios de comunicación
Cada tipo de ingreso puede tener su propio tratamiento fiscal, aunque por norma general tributan como rendimientos de actividades económicas en el IRPF.
Si recibes derechos de autor, estos se declaran como rendimientos del capital mobiliario si no estás dado de alta como autónomo. Si eres autónomo y registras tus obras como parte de tu actividad profesional, se pueden incluir como rendimientos de actividad económica.
Declaración de la renta como músico autónomo: pasos clave
1. Recoge todos tus ingresos y facturas
Deberás declarar todos los ingresos percibidos durante el año fiscal. Para ello, recopila:
- Facturas emitidas
- Ingresos percibidos sin factura (por ejemplo, pagos en efectivo o regalías)
- Certificados de retenciones si has trabajado para empresas o entidades que te han retenido IRPF
2. Identifica los gastos deducibles
Una de las ventajas de ser autónomo es que puedes deducir muchos gastos relacionados con tu actividad musical. Entre ellos:
- Instrumentos musicales (compra, reparación, mantenimiento)
- Equipo técnico (micrófonos, cables, amplificadores, mesas de sonido)
- Software musical y licencias
- Local de ensayo o estudio de grabación (alquiler, luz, agua)
- Gastos de transporte y desplazamientos
- Dietas y alojamiento en giras
- Formación, cursos o clases de música
- Material de oficina, papelería, suscripciones a revistas profesionales
- Honorarios de gestoría o asesor fiscal
- Publicidad y promoción (carteles, web, redes sociales, etc.)
Es fundamental que guardes las facturas y justificantes de todos estos gastos, ya que Hacienda puede solicitarlos en caso de inspección.
3. Calcula el rendimiento neto
El rendimiento neto se obtiene restando los gastos deducibles a los ingresos totales. Sobre este rendimiento neto se aplicarán los tramos del IRPF correspondientes.
Por ejemplo, si has ingresado 30.000 € y tienes 10.000 € en gastos deducibles, tributarás por un rendimiento neto de 20.000 €.
4. Rellena los datos en el programa Renta WEB
En la campaña de la renta 2025, como cada año, Hacienda habilitará el servicio Renta WEB, donde podrás hacer tu declaración online. Si eres autónomo, deberás rellenar los apartados correspondientes a rendimientos de actividades económicas en estimación directa (normal o simplificada).
Tendrás que indicar:
- Epígrafe de tu actividad
- Ingresos obtenidos
- Gastos deducibles
- Retenciones practicadas, si las hubo
- Rendimiento neto
5. Añade otras fuentes de ingreso (si las tienes)
Es habitual que los músicos combinen su actividad artística con otros trabajos. Si has tenido un trabajo por cuenta ajena, una beca, un alquiler, inversiones u otras rentas, deberás incluirlo también en la declaración.
¿Tributo por módulos o por estimación directa?
La mayoría de músicos declara por el sistema de estimación directa simplificada, pero en ciertos casos puedes optar por estimación objetiva (módulos), aunque este régimen ha ido desapareciendo para muchos sectores.
La elección depende de tu volumen de ingresos, tipo de actividad y otras condiciones. Si no estás seguro, lo mejor es consultarlo con un asesor.
Músicos y Seguridad Social: ¿autónomo o intermitente?
En España, el régimen general para músicos independientes es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Sin embargo, si trabajas de forma esporádica o por actuaciones puntuales, puedes haber cotizado a través de contratos por cuenta ajena en régimen artístico, donde la empresa o promotor se encarga de tu alta y cotización.
En ambos casos, los ingresos obtenidos deben reflejarse en la declaración de la renta.
¿Qué pasa si cobras del extranjero?
Si has tenido conciertos o ingresos en el extranjero (festivales, royalties, streaming), deberás declarar esos ingresos también. En estos casos, debes revisar los convenios de doble imposición que España tiene con otros países para evitar pagar impuestos dos veces por el mismo ingreso.
Podrás aplicar deducciones por doble imposición internacional si has pagado impuestos fuera de España por esos ingresos.
Beneficios fiscales y deducciones específicas
Aunque no existen deducciones exclusivas para músicos, puedes aplicar las deducciones generales:
- Deducción por inversión en vivienda habitual
- Deducción por donativos
- Deducción por maternidad o familia numerosa
- Deducción por aportaciones a planes de pensiones
- Deducción por alquiler si tienes un contrato anterior a 2015
Además, si tienes un local afecto a la actividad, puedes deducir parte de los suministros si está correctamente declarado.
Sanciones por no declarar correctamente
No presentar la declaración estando obligado, ocultar ingresos o inflar gastos puede tener consecuencias:
- Recargos e intereses de demora
- Multas económicas
- Pérdida de derecho a futuras deducciones
- Inspecciones fiscales más frecuentes
Por eso es recomendable llevar una contabilidad ordenada durante todo el año y, si es necesario, contar con ayuda profesional.
Recomendaciones finales para músicos
- Lleva un control mensual de tus ingresos y gastos.
- Utiliza herramientas de facturación profesional.
- Guarda todas tus facturas y justificantes.
- Consulta un asesor fiscal si tienes dudas.
- No dejes la declaración para el último momento.
Conclusión: La declaración de la renta para un músico autónomo o freelance puede ser un proceso más sencillo si se realiza con organización y conocimiento de las normativas fiscales. Aprovechar los gastos deducibles, declarar todos los ingresos y cumplir con los requisitos formales es clave para mantener tu actividad legal y rentable. Si te tomas tu carrera musical en serio, haz lo mismo con tus impuestos.